Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias
A través del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones (SDQS) o marcando gratuitamente a la línea 195 puede denunciar actos de corrupción o tramitar:
- Quejas: Acción de dar a conocer a las autoridades, conductas irregulares de servidoras y servidores públicos, o de particulares a quienes se atribuye o se adjudica la prestación de un servicio público.
- Reclamos: Noticia que dan los ciudadanos a las autoridades sobre la suspensión injustificada o la prestación deficiente de un servicio público.
- Sugerencias: Propuesta que se presenta para incidir o mejorar un proceso cuyo objeto está relacionado con la prestación de un servicio, o el cumplimiento de una función pública.
- Solicitudes de Información: Es el derecho que tienen las personas a solicitar y obtener acceso a la información, acerca de las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas a la Entidad, y a sus distintas dependencias.
- Consultas: Derecho de todas las personas a dirigirse a las entidades públicas, para manifestar dudas e inquietudes.
- Derechos de petición en interés general: Se trata de acudir ante las autoridades públicas para reclamar soluciones de fondo ante situaciones que afectan los intereses colectivos, y que pueden formularse verbalmente o por escrito. En ambos casos en forma respetuosa.
- Derechos de petición en interés particular: Es el derecho de las personas a acudir ante las autoridades públicas, para reclamar la resolución de fondo de una respuesta presentada que afecta los intereses individuales. Puede formularse verbalmente o por escrito, en ambos casos en forma respetuosa.
Requisitos de la respuesta
- Debe tener fundamento, ser clara, precisa, y congruente con lo solicitado.
- Debe ser puesta en conocimiento del peticionario.
- El derecho de petición en interés general o particular, queja, reclamo, o sugerencia se contestará en un término de quince (15) días hábiles; los de información en diez (10) días hábiles; y los de consulta en treinta (30) días hábiles.
- De no cumplirse con estos requisitos, la autoridad o el particular, deberá explicar los motivos y señalar el término en el que se realizará la contestación.
Crea tu petición Consulta tu petición
Si usted quiere presentar una denuncia relacionada por posibles actos de corrupción, y/ó existencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses y protección de identidad del denunciante puede hacerlo a través del siguiente correo electrónico: denunciacorrupcion@idep.edu.co
La Oficina encargada es Control Disciplinario Interno, a quien puede ubicar en el Edificio Elemento, Avenida Calle 26 No. 69-76, Torre 1-Aire, Oficina 1004. Código postal 111071. de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes.
También puede presentar su denuncia en el siguiente enlace:
El Instituto para la Investigación Educativa y el desarrollo Pedagógico - IDEP ha desarrollado el lineamiento para la protección y custodia de datos de los denunciantes de actos de corrupción por resultar indispensable para salvaguardar el interés público, brindando a todo ciudadano la garantía de proteger su identidad, a fin de proteger la integridad del denunciante de aquellos eventos en los que, en cumplimiento de la obligación de denuncia, se pone en conocimiento actos de corrupción, entendiendo corrupción, como aquellas circunstancias en las que, producto de abuso del poder encomendado, se obtienen beneficios propios o se favorecen a terceros; irregularidades que al lesionar los intereses públicos, constituyen la conducta en mención. Más información en el siguiente link: Instructivo para la protección y custodia de datos de los denunciantes de actos de corrupción.
Protección de datos al reportante
Conforme con las disposiciones contenidas en la ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario, como custodio responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, propenderá por la seguridad y confidencialidad de los datos sensibles o personales que se hayan recogido y tratado en operaciones tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de aquella información que se reciba de terceros a través de los diferentes canales de recolección de información.
Solicitud de Información Pública con Identificación Reservada
De acuerdo con el parágrafo del artículo 4° de la Ley de Transparencia y de Derecho de Acceso a la Información Pública - Ley 1712 de 2014 - : Cuando el usuario considere que la solicitud de la información pone en riesgo su integridad o la de su familia, podrá solicitar ante el Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación) el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada.
Para acceder al formulario y presentar una solicitud de información pública con identificación reservada haga clic en el siguiente enlace: Procuraduría General de la Nación -SIPIR